Emprendimiento de Segunda Oportunidad y Continuidad de la Iniciativa Emprendedora

Emprendimiento de Segunda Oportunidad y Continuidad de la Iniciativa Emprendedora 2022

Organismo: Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Días para el cierre de la subvención
Finalizado el plazo de la Subvención

Fecha

Apertura

2022/05/30

Fecha

Cierre

2022/09/30

Importe

Subvención

Máximo 4.000€

Coste

Gestión

300 Euros
Días para el cierre de la subvención
Finalizado el plazo de la Subvención
Apertura
2022/05/30
Cierre
2022/09/30
Subvención
Máximo 4.000€
Gestión
300 Euros

Objetivo

Favorecer la continuidad de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas, mediante las siguientes medidas:

a) Emprendimiento de segunda oportunidad: ayuda al inicio de actividades empresariales y profesionales realizadas con anterioridad, que fueron objeto de subvenciones concedidas por la Junta de Andalucía, y que cesaron por cualquier motivo (salvo los excluidos por esta convocatoria).

b) Continuidad de la actividad emprendedora: ayuda a personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo, pudiendo suponer un impulso de la actividad económica desarrollada, a partir de una antigüedad de 36 meses de alta ininterrumpida en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. 

Beneficiarios​

Las personas trabajadoras autónomas (den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena), tanto aquéllas que ya estuvieron de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, causaron baja en el mismo, y han decidido volver a iniciar una actividad económica, ocasionando un nuevo alta en dicho Régimen, como de aquéllas otras que vienen desarrollando una actividad económica en la actualidad, para que se consoliden como personas trabajadoras autónomas. 

Las personas trabajadoras autónomas deberán cumplir los siguientes requisitos: 

  • Que tenga residencia y domicilio fiscal en Andalucía. 
  • Que tengan una antigüedad de entre 36 y 60 meses, ambos inclusive, de alta ininterrumpida en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la fecha de la solicitud de la ayuda. 
  • Que dispongan de un plan de viabilidad de la actividad proyectada (según el modelo establecido en el Anexo que a tal efecto figure en la correspondiente convocatoria). Dicho plan de viabilidad se aportará junto con la solicitud.

Importe de Subvención​

La ayuda consistirá en una cuantía, a tanto alzado, de 3.300€. 

Esta cuantía ascenderá a 4.000€ cuando la persona beneficiaria tenga reconocida una discapacidad en un grado igual o superior al 33% o sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo o resida en municipios de Andalucía, de menos de 10.000 habitantes, tomando como referencia el último Padrón Municipal, publicado por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.

Gastos Subvencionables

El mantenimiento de la persona solicitante, de forma ininterrumpida, de su condición de persona trabajadora autónoma, y desarrollar su actividad como tal, al menos, durante 12 meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud, sin que puedan compatibilizar el trabajo por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena durante dicho período.

Comparte esta información

Facebook
WhatsApp
LinkedIn
Email
Twitter
Print
Telegram

¿Estas interesado en esta subvención?

Contáctanos y te informaremos

Nombre(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Nombre(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Conoce las nuevas ayudas en tu comunidad autónoma

Suscríbete a nuestra newsletter y recibirás toda la información en tu email
Abrir chat
1
Hola,
Bienvenido a Subvención Directa.
Como podemos ayudarte?