Ayudas para el fomento responsabilidad social y conciliación laboral 2022
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Ayudas para el fomento responsabilidad social y conciliación laboral 2022
Organismo: Consejería Economía, Hacienda y Empleo Comunidad de Madrid
Finalizado el plazo de la Subvención
Fecha
Apertura
2021/11/09
Fecha
Cierre
Indefinido
Importe
Subvención
2.500€ – 10.000€
Finalizado el plazo de la Subvención
Apertura
2021/11/09
Cierre
Indefinido
Importe Subvención
2.500€ – 10.000€
Objetivo
Ayudas para la promoción de iniciativas de responsabilidad social, así como el fomento de la efectiva conciliación personal, familiar y laboral, entre los trabajadores autónomos y las pequeñas empresas de la Comunidad de Madrid. El Programa de Ayudas consta de 2 líneas:
- Línea 1: Implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas.
- Línea 2: Conciliación de la vida laboral, familiar y personal a través de incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria.
Beneficiarios
- Los trabajadores autónomos o por cuenta propia, dados de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su vez miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes, o socios de sociedades mercantiles.
- Las pequeñas empresas, así como las sociedades civiles con personalidad jurídica, de hasta 50 trabajadores, y un volumen de negocio y balance general igual o inferior a 10 millones de euros.
Importe de Subvención
- Línea 1: el equivalente al 75% del coste que lleve consigo la obtención o renovación de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan Director, así como la participación efectiva de la entidad en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la responsabilidad social, con el máximo de 2.500 euros por empresa.
- Línea 2: 2.500 euros por persona trabajadora incluida en los acuerdos de teletrabajo y flexibilidad. El importe máximo que podrá obtener una misma empresa en relación a estas medidas será de 10.000 euros. Asimismo, se subvencionará el 75% del coste de los equipos electrónicos necesarios para la implantación en el centro de trabajo del teletrabajo, con un máximo de 2.500 euros por empresa. La concesión de esta ayuda estará condicionada a que el beneficiario realice un gasto con su correspondiente pago, sin incluir el IVA o, en su caso, los impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Gastos Subvencionables
- Línea 1: el coste de la obtención o renovación de certificaciones de normas o estándares en el ámbito de la responsabilidad social, tales como la Norma SA 8000, la Certificación IQNet SR10, la Certificación SG21, EFR (conciliación), u otras equivalentes; el coste de la puesta en marcha del Plan Director que contribuyan al cumplimiento, certificación o renovación de dichos estándares; así como el coste de la participación efectiva de la entidad en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la responsabilidad social dentro de la Estrategia Madrid por el Empleo, siempre que pueda acreditarse, de manera fehaciente y mediante la documentación oportuna, dicha participación.
- Línea 2: en lo referente al Teletrabajo, se incentivará la formalización de acuerdos de teletrabajo. Estos podrán formalizarse con trabajadores vinculados a la empresa o con contrataciones nuevas en esta modalidad y reflejarán las condiciones laborales y adaptaciones del puesto necesarias para realizar el trabajo a distancia.
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