Incentivos Contratación Indefinida
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Programa de incentivos a la contratación indefinida – Comunidad de Madrid
Organismo: Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Fecha
Apertura
Fecha
Cierre
Importe
Subvención
Objetivo
Facilitar la incorporación de personas desempleadas al mercado ordinario de trabajo, así como el fomento y mantenimiento del empleo estable y de calidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Beneficiarios
Importe de Subvención
Ayuda sujeta a Régimen de minimis:
- 4.000 euros cada contrato indefinido inicial a tiempo completo.
- 5.500 euros cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a los siguientes colectivos:
- Mayores de 45 años.
- Personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid.
- Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo con, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.
- 7.500 euros cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a los siguientes colectivos:
- Personas mayores de 45 años inscritas como personas desempleadas demandantes de empleo con, al menos, 360 días en los 540 días anteriores.
- Personas desempleadas de larga duración con 24 meses o más en desempleo.
Las cuantías anteriores se incrementarán en 500 € más cuando la persona contratada sea una mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.
Para los autónomos que contraten a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000 euros que se sumará a la cuantía que corresponda de acuerdo con el perfil de la persona contratada.
Gastos Subvencionables
La contratación indefinida inicial de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.
Las personas contratadas deberán hallarse inscritas como personas desempleadas demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en los siguientes supuestos:
- Contratación de personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid, respecto de las que no será exigible el requisito de inscripción.
- Contratación de personas desempleadas de larga duración para las que se exigirán los períodos de inscripción previstos en el artículo 5.1.a).